Para participar en Fábricas de Productividad y Sostenibilidad debes pertenecer a uno de los siguientes tamaños establecidos Decreto 957 de 2019, acorde con la información reportada en el Registro Mercantil y reflejada en RUES, según la clasificación realizada por la Cámara de Comercio correspondiente, según el total de los ingresos por actividad ordinaria:
| TAMAÑO | MANUFACTURERO | SERVICIOS | COMERCIO |
| MICRO | Ingresos por actividades ordinarias sean inferiores o iguales a 23.563 UVT. | Ingresos por actividades ordinarias anuales sean inferiores o iguales a 32.988 UVT. | Ingresos por actividades ordinarias anuales sean inferiores o a 44.769 UVT. |
| PEQUEÑA | Ingresos por actividades ordinarias anuales sean superiores a 23.563 UVT e inferiores o iguales 204.995 UVT. | Ingresos por actividades ordinarias anuales sean superiores a 32.988 UVT e inferiores o iguales 131.951 UVT. | Ingresos por actividades ordinarias anuales sean superiores a 44.769 UVT e inferiores o iguales 431.196 UVT. |
| MEDIANA | Ingresos por actividades ordinarias anuales sean superiores a 204.995 UVT e inferiores o iguales 1.736.565 UVT. | Ingresos por actividades ordinarias anuales sean superiores a 131.951 UVT e inferiores o iguales a 483.034 UVT. | Ingresos por actividades ordinarias anuales sean superiores a 431.196 UVT e inferiores o iguales a 2’160.692 UVT. |
| GRANDE | Con ingresos superiores por actividades ordinarias anuales mayores a 1.736.565 UVT. | Con ingresos superiores por actividades ordinarias anuales mayores a 483.034 UVT. | Con ingresos superiores por actividades ordinarias anuales mayores a 2’160.692 UVT. |
Además, se deben cumplir los requisitos descritos a continuación:
- Que su actividad económica pertenezca a sectores de Manufacturas, Agroindustria (no se incluye agricultura) y Servicios.
- Tener al menos dos años de constituida.
- Contar con al menos los últimos dos años consecutivos de operación, durante los cuales la empresa haya desarrollado actividades relacionadas con el producto o servicio que ofrece.
- Contar con mínimo 4 personas vinculadas bajo cualquier modalidad de contrato.
- Que la Empresa no haya Desistido o haya sido Retirada del Programa en el Ciclo al cual se postula.
- Que la Empresa no haya sido Expulsada o haya Renunciado al Programa en cualquiera de los Ciclos previos.
- Si la empresa ha participado en ciclos anteriores, debe estar al día con el pago de la contrapartida correspondiente.
- Si la empresa ha participado en ciclos anteriores y la persona que actuó como Representante Legal no contaba con delegación, debe haber subsanado la designación del delegatario.
- No estar habilitada como Extensionista en la BNE.
- Tener registro mercantil actualizado, para los casos en que la Asistencia Técnica se vaya a recibir en un Establecimiento de Comercio, este también debe contar con la matrícula actualizada.
- No encontrarse en estado de disolución o liquidación, al momento de inscribirse en el Programa.
- Diligenciar el autodiagnóstico y contar con un resultado de al menos 49,5 puntos.
- Comprometerse a mantener activa su matrícula mercantil, so pena de ser Retirada del Programa.
- Comprometerse a entregar la información solicitada por iNNpulsa Colombia directamente o a través de una persona natural o jurídica autorizada, incluso durante los cinco años siguientes a la finalización de la asistencia técnica.
- Conocer y aceptar las políticas de tratamiento de datos personales y de administración de sedolacretos empresariales de iNNpulsa Colombia y la Cámara de Comercio de su región.
- Para las Empresas que recibieron intervención en cualquiera de los Ciclos anteriores del Programa, realizar la actualización de sus datos en la plataforma de inscripción www.fabricasdeproductividadysostenibilidad.com y estar a paz y salvo con los aportes a su cargo en el marco del Programa.
- Que la Empresa y el Representante Legal de la Empresa, y los recursos de estos, no se encuentren relacionados o provengan de actividades ilícitas, lavado de activos o financiación del terrorismo. iNNpulsa Colombia o las Cámaras de Comercio podrán verificar la información suministrada sobre estos en las listas SARLAFT y podrán solicitar la información que considere pertinente para dicho fin, en cualquier momento. En caso de configurarse alguna de las circunstancias descritas de manera sobreviviente durante la intervención, se podrá terminar anticipadamente la intervención, sin que por este hecho iNNpulsa Colombia esté obligado a indemnizar por ninguna causa a la empresa.
Nota: La información utilizada para la validación del cumplimiento de los requisitos corresponderá a la información suministrada por el empresario y la información disponible en el RUES al momento de completar el proceso de validación, esta será la información utilizada para todo el Ciclo de inscripción, salvo que se realice una nueva postulación.
¿Cuánto deben invertir las empresas?
Las Empresas deben aportar entre el 10% y el 100% del costo de la intervención, acorde con su clasificación por tamaños. El porcentaje restante y los gastos de operación del Programa se dividen entre iNNpulsa Colombia y la Cámara de Comercio de la región.
Los aportes máximos de las empresas por las 60 horas de asistencia técnica no podrán superar los siguientes valores: :
| Clasificación Empresa | Aporte en % | Aporte en efectivo |
| Micro | 10 % | $1.410.000 |
| Pequeña | 20 % | $2.820.000 |
| Mediana | 30 % | $4.230.000 |
| Grande | 100 % | $14.100.000 |
Para volver a participar en el Programa, la empresa debe estar a paz y salvo con los aportes a su cargo en el marco del Programa y haber diligenciado la encuesta de satisfacción.
Amplia esta información en Términos y Condiciones Fábricas de Productividad y Sostenibilidad