Emprendedores, a aprovechar el nuevo régimen tributario

Emprendedores, a aprovechar el nuevo régimen tributario

Bogotá, 24 de enero de 2019. La Ley de Financiamiento, que ya está en rigor, abre nuevas posibilidades que facilitan el crecimiento y la consolidación de nuevos negocios, elemento fundamental para que el país crezca económicamente con equidad.

 

En primer lugar, la Ley reduce la carga tributaria que enfrentan las empresas. La tarifa de renta se irá reduciendo del 33% al 30% en los próximos 4 años. Además, la Ley permite la deducción en el impuesto de renta de los gastos en IVA de la inversión en capital y de los pagos del impuesto de Industria y Comercio. Por otro lado, y de forma gradual, se elimina la renta presuntiva con lo cual se incentiva el emprendimiento y se deja de castigar a las empresas en fase de consolidación.

 

Los emprendedores que dinamizan la Economía Naranja también tendrán beneficios. Quienes inicien nuevos negocios en este sector, tendrán una excepción de 7 años en el impuesto sobre la renta, siempre y cuando cumplan los siguientes requisitos:

 

·Contar con domicilio principal en el territorio colombiano y tener un objeto social exclusivo en el desarrollo de industrias de valor agregado tecnológico y/o actividades creativas.

·Iniciar actividades antes del 31 de diciembre de 2021.

·Pertenecer a alguna de las 26 actividades CIIU contempladas dentro de la norma

·Generar mínimo 3 empleos.

·Presentar su proyecto ante el Comité de Economía Naranja del Ministerio de Cultura, justificando su viabilidad financiera y conveniencia económica.

·Cumplir con un monto mínimo de inversión de 4.400 UVT en un plazo mínimo de 3 años

 

Por su parte, los emprendedores de sector agropecuario contarán con una exención de 10 años en el impuesto de renta si cumplen con los siguientes requisitos:  

 

·Tener domicilio principal en el municipio en los que realicen las inversiones que incrementen la productividad del sector agropecuario.

·Tener por objeto social exclusivo alguna de las actividades que incrementan la productividad del sector agropecuario.

·Iniciar actividades antes del 31 de diciembre de 2021.

·Generar mínimo 10 empleos

·Presentar su proyecto ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, justificando su viabilidad financiera y conveniencia económica.

·Cumplir con un monto mínimo de inversión de 25.000 UVT en un plazo mínimo de 3 años.

 

El mecanismo de tributación SIMPLE también es una gran oportunidad para los emprendedores y las micro y pequeñas empresas que cuenten con ingresos brutos inferiores a 80.000 UVT. El SIMPLE simplifica el cumplimiento de las obligaciones tributarias en un único formulario para liquidar las obligaciones de renta, consumo, IVA e ICA.  Los contribuyentes bajo este mecanismo no estarán sujetos de retención en la fuente y tampoco estarán obligados a practicar retenciones.

 

Por último, la Ley fijó que los fondos de capital privado y los fondos de inversión colectiva no son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios. El objetivo es promover que se desarrollen nuevos emprendimientos innovadores y recaudar capitales de riesgo para dicho propósito. Para este efecto, el valor de la inversión en el fondo tiene que ser inferior a 600.000 UVT y no puede existir vinculación económica o familiar entre el desarrollador del nuevo emprendimiento y los inversionistas de capital de riesgo.

 

Al respecto, Ignacio Gaitán, presidente de iNNpula Colombia afirmó: “Es el momento para que el talento, la creatividad, y la capacidad para emprender e innovar de los colombianos sean protagonistas de un nuevo futuro, en el que el país crezca económicamente con equidad. Por eso celebramos este nuevo marco tributario, fruto del compromiso del Gobierno Nacional con los emprendedores, el cual permite que cumplir sus sueños se hoy más que nunca una posibilidad”.

 

Lista de códigos CIIU cobijados por los beneficios dirigidos a emprendimientos de Economía Naranja:

CÓDIGO
CIIU

DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD

 

3210

Fabricación de joyas, bisutería y artículos conexos

5811

Edición de libros

5820

Edición de programas de informática (software)

5911

Actividades de producción de películas cinematográficas, videos, programas, anuncios y comerciales de televisión

5912

Actividades de posproducción de películas cinematográficas, videos, programas, anuncios y comerciales de televisión

5913

Actividades de distribución de películas cinematográficas, videos, programas, anuncios y comerciales de televisión

 

5914

Actividades de exhibición de películas cinematográficas y videos

5920

Actividades de grabación de sonido y edición de música

6010

Actividades de programación y transmisión en el servicio de radiodifusión sonora

6020

Actividades de programación y transmisión de televisión

6201

Actividades de desarrollo de sistemas informáticos (planificación, análisis, diseño, programación, pruebas)

6202

Actividades de consultoría informática y actividades de administración de instalaciones informáticas

7110

Actividades de arquitectura e ingeniería y otras actividades conexas de consultoría técnica

7220

Investigaciones y desarrollo experimental en el campo de las ciencias sociales y las humanidades

7410

Actividades especializadas de diseño

 

7420

Actividades de fotografía

9001

Creación literaria

9002

Creación musical

9003

Creación teatral

9004

Creación audiovisual

9006

Actividades teatrales

9007

Actividades de espectáculos musicales en vivo

9008

Otras actividades de espectáculos en vivo

9101

Actividades de bibliotecas y archivos

9102

Actividades y funcionamiento de museos, conservación de edificios y sitios históricos

 

Actividades referentes al turismo cultural.